miércoles, 21 de octubre de 2015

EL PORQUÉ DE LA ESCUELA SEVILLANA DE MEDIACION


¿Por qué hablar de la Escuela Sevillana de Mediación?, ¿Qué diferencia esta escuela de otras?. Ni que decir tiene que todas las escuelas y centros de formación, asi como modelos formativos y de intervención en mediación son y serán de gran calidad porque quienes los dirigen o auspician tienen la virtud de contar con experiencia y grandes conocimientos científicos. Pero la Escuela Sevillana tiene su sello propio. Iniciada en el año 2000, podemos decir que hace de la CREATIVIDAD su gran modelo de trabajo. Su misión no es enseñar mediación, sino formar mediadores que hagan suya esta profesión.

Convertir lo sencillo en algo extraordinario, puede hacer que muchas personas se vean reflejadas en nuestra forma de intervenir, que no es otra que enseñar a que hacer cuando “existe un callejón sin salida”

Despues de 15 años formando mediadores y mediadoras de muchas partes del mundo, podemos decir que las estadísticas y resultados avalan nuestro trabajo principalmente para:

-          Saber prepararte a traducir e interpretar los mensajes del conflicto

-          Conseguir habilidades para crear ilusión através del modelo de la magia

-          Tener el compromiso con el alumno de crear “proyectos” exclusivos de implantación de servicios de mediación (al día de hoy podríamos decir que existen mas de 30 entidades cuyo germen fue nuestra escuela de formación)

-          Lograr “Desaprender” tu profesión de origen para “Aprender” la mediación

-          Supervisar tu trabajo, para que consigas hacer de tus defectos una virtud, y constatar tu crecimiento personal.

 

Cumplimos 15 años en Andalucía, y mas de 800 especialistas en mediación lo avalan. Gracias Sevilla.

martes, 13 de octubre de 2015

MEDIAR ENTRE SUEÑOS

Cuando MEDIAMOS mucho de lo que nos cuentan son sueños por cumplir. Ante el conflicto, las personas sueñan que podían estar mejor y porque a ellas les ha tocado vivir esas situación, para la que no están preparadas, Por eso…¿Qué son los sueños? Los sueños son ideas o deseos, cosas que nos encantaría hacer pero que muchas veces por falta de tiempo, motivación o dedicación dejamos de lado, ¡es momento de cambiar el conflicto por una oportunidad! Y porque no… tener un sueño.  Pero… ¿cuales serian las REGLAS BASICAS PARA SOÑAR Y QUE ESTOS SUEÑOS SE CUMPLAN?
1. Fijemos una Meta temporal
 Fijar un tiempo, un número de sesiones, un calendario,  te motivarán a trabajar por buscar un acuerdo  y así lograrás empezar a poner en marcha las acciones que te ayudará a hacer tu sueño realidad  
2. Comparte tu sueño con el mediador y asi demostrarás tu interés
Al explicar tu sueño a nosotros los mediadores, éste ya no será solamente una idea en tu cabeza, sino que poco a poco se empezará a convertir en lo que de verdad te interesa obtener con el proceso que empiezas. Posiciones e intereses se “relajan” en la conversación si confias en tus sueños.
3. Empieza desde hoy a hacerlo realidad.
No tenemos que esperar a firmar un acuerdo si la voluntad de colaborar y la buena fe están presentes en las partes. Asi desde el primer día puedes empezar a cumplir lo que deseas, lo que pactes, aunque sea verbalmente, siempre respetando al contrario aunque no compartas sus ideas o matices.
4. Da el primer paso
Atrévete a dar ese primer paso que te ayudará a cumplir tu sueño y a salir de forma positiva de ese conflicto que te preocupa. No debes esperar a los demás, si tu muestras esa actitud, arrastraras a las partes en una misma sintonía de cordialidad en busca de soluciones.
5. Dejate ayudar por el mediador
¿No sabes por dónde empezar? Deja que el mediador te acompañe en el camino de la búsqueda del mismo., tal vez ellos puedan proponerte distintas vías de soluciones sencillas que tú no habías considerado y que te ayudaran a decidir por ti mismo, cual es la que te conviene, con la que te sientes cómodo y que la otra parte respete porque encuentran una historia e interés común.
Estas simples reglas te ayudaran ante un conflicto, a confiar que tus sueños de solución se cumplirán , Concéntrate en tu objetivo final y no dejes que los obstáculos te desanimen.  

Para lograr que tu sueño de salir del conflicto se haga realidad es importante que te mantengas motivado. No todos los sueños se cumplen de una manera fácil y rápida pero acuérdate que mientras más tiempo le dediques a tu sueño respetando a los demás  la satisfacción final será mucho más grande. Confia en nosotros, confia en los demás, confia en la mediación.

domingo, 4 de octubre de 2015

Mi abogado es mi amigo


Es mi abogado, mi “amigo”.

Me gusta cada vez que oigo...voy a ver a mi médico, voy a consultarle a la pediatra de las niñas, o  voy a preguntárselo a mi profesor. Esas frases denotan cercanía, cariño y sobre todo confianza. ¿Porqué es tan difícil conseguirlo cuando de quien hablamos es un abogado? Acercarte, hablar con el, pedirle asesoramiento, no debe tanto suponer un gasto (que no niego que lo sea) como una inversión para conseguir hacer las cosas bien. Es una pena que nos quedemos en el "envase", en el perfil de "picapleitos", donde nos ubican, como último recurso para resolver los problemas.

La mediación me devolvió  hace años esa ilusión que hizo que me acercara a este mundo que no era otro que "abogar", es decir, "ayudar". Me gusta ayudar a las personas, me gusta ser abogado. Me gusta que mis clientes digan... "Mira este es mi abogado, mi amigo..."

Si tenemos un conflicto, perdemos tiempo, dinero, se deterioran relaciones y la perpetuación en el tiempo de algo que nos puede estar haciendo daño. Nuestra profesión emerge porque las personas no podemos saber de todo, no podemos conocer las "reglas del juego" que supone vivir en sociedad. Y nosotros hicimos el esfuerzo en tiempo, de dedicar nuestro esfuerzo en formarnos, para al igual que el médico, sanar a las personas, sanar desde nuestra ciencia las relaciones humanas y de convivencia.

Nuestra inconsciencia por no acudir a un abogado en su momento... A mi abogado... Hace que terminemos en un pleito, a un juicio y a la complicación del tiempo. Y... Si este abogado además es mediador, tendrá seguramente tu confianza porque sin ella es imposible que trabajemos y no sólo eso, sino conseguir la confianza del "otro". Difícil verdad, pero absolutamente apasionante.

Ojalá pronto consigamos oír, ¡este es mi abogado... Mi amigo!.
Javier Ales.




lunes, 14 de septiembre de 2015

PALABRAS, SENSACIONES, SENTIMIENTOS

PALABRAS, SENSACIONES, SENTIMIENTOS

Cuando empezamos el viaje por este apasionante mundo que es la mediación, nos encontramos alrededor muchos otros viajes cuyo destino parece enturbiar nuestro camino cuando intentamos defender y apostillar que las personas con su actitud deben apostar por la mediación. Asi aparecen conceptos tales como el COACHING, LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA,  LA RESILIENCIA, LA INTELIGENCIA EMOCIONAL o incluso más reciente el DERECHO COLABORATIVO. ¿Esto supone antagonismo o más bien distintas herramientas que podemos tener a nuestro alcance por un mismo fin?. En este breve artículo me gustaría tan solo mencionarlas para llegar a una conclusión que de una vez aumente nuestra red de conocimientos.
Debemos los profesionales ser conscientes de nuestra aptitud y nuestra actitud, la primera nos faculta, la segunda, nos envuelve. Conciencia, Responsabilidad y Acción son conceptos que se unen cuando queremos intervenir como profesionales, pero… ¿de qué forma intervenir cuando alguien nos necesita?.
         Si hablamos de COACHING, Supone acompañar, instruir y entrenar a una persona o grupo con el objetivo de conseguir alguna meta o desarrollar habilidades específicas, que le ayuden a continuar
       LA PROGRAMACION NEUROLINGUISTICA (PNL) Podemos decir que es una estrategia de comunicación , desarrollo personal y psicoterapia, dado que existe una conexión entre los procesos neuro lógicos ( neuro),  el lenguaje (lingüística) y los comportamientos aprendidos por la experiencia (programación)
         Cuando nos referimos a LA RESILIENCIA, la definimos como la capacidad para sobreponerse a periodos de dolor emocional y situaciones adversas. Podemos sobreponernos a contratiempos e incluso salir fortalecidos, pero necesitamos de un proceso dinámico que suponga la adaptación positiva en contextos de gran adversidad
         Si nos referimos a un término que es muy utilizado actualmente LA INTELIGENCIA EMOCIONAL, queremos mencionar la capacidad de motivarnos a nosotros mismos, de perseverar en el empeño a pesar de las posibles frustraciones , de regular nuestros propios estados de ánimo y evitar que interfiera en nuestra capacidad
         Y por último aparece el llamado DERECHO COLABORATIVO, que consiste en un método de resolución de conflictos que prescinde de la tradicional litigación. Los abogados asumen el compromiso de no acudir a los tribunales y si alcanzar un acuerdo. Si este no llega, renuncia a defenderlos en juicio.


Cinco términos, cinco realidades, cinco herramientas que pueden ser complementarias y alternativas para un mismo fín, AYUDAR A LOS DEMAS, ¿o no es esta la idea que te hizo acercarte a la mediación?. Javier Alés

miércoles, 13 de mayo de 2015

NUEVOS APELLIDOS DE LA MEDIACIÓN

NUEVOS APELLIDOS DE LA MEDIACION.
Soy de las personas que piensan que la mediación es un método, una técnica o un proceso, da igual como lo llamemos, cuyo apellido lo pone el conflicto, pero, ¿Cuáles son los nuevos apellidos de la mediación?. Aquí os comento nuevos apellidos que están surgiendo además de los de familiar, civil o mercantil, ya regulados:
LA MEDIACION INTERGENERACIONAL
Es aquella que se da principalmente entre padres e hijos (sobre todo adolescentes) en conflictos familiares
          Sus características se presentan principalmente cuando:
          El adolescente se enfrenta a su independización
          Se observa una disminución en la comunicación
          Los padres tienen dificultades para entender los cambios
          Se modifican las relaciones con los familiares
          En este caso el mediador cuidará:
          De ubicarse entre padre e hijo
          Valorar la capacidad de decisión ante la inmadurez de una parte
          Lograr que puedan expresar libremente sus deseos
LA MEDIACION VECINAL
La justicia está saturada de conflictos de escasa importancia de carácter vecinal entre personas que conviven en el mismo edificio o zona pero que deben  que ser atendidos
          En estos casos hay que tener gran capacidad transformativa para fomentar el sentimiento de pertenencia (en positivo) a un barrio y para tejer redes sociales
          ¿Quién media?, expertos, ayuntamientos (institucional), asociaciones de vecinos…
          Que Tipos de Conflictos son los mas comunes que se atienden en este campo:
          Ruidos
          Uso de espacios públicos (botellón, animales…)
          Comunidad de vecinos
          Problemas entre vecinos…
LA MEDIACION SOCIAL
Son conflictos surgidos principalmente en los Campos de acción tradicional de la intervención social
          Los Tipos de conflictos que se atienden son:
          Conflictos de usuarios de servicios
          Barriadas marginales
          Adicciones, etc.
          Los Fines principales de este tipo de intervención desde la mediación son:
          Didácticos, ideológicos y participativos
LA MEDIACION RESTAURATIVA
Se trata de trabajar en el ámbito penal donde se Legitima un proceso que facilita la RESPONSABILIDAD, LA PARTICIPACIÓN, EL DIALOGO Y LA REPARACIÓN
          Como consecuencia del delito, además del daño físico, económico, social y psicológico, la víctima experimenta un impacto emocional que se puede agravar con el contacto en el sistema judicial penal
          El objetivo es dar la oportunidad de encuentro infractor-víctima
          Requiere el reconocimiento de la justicia penal
LA MEDIACION COMUNITARIA
Básicamente es la que se produce con ocasión de la convivencia entre ciudadanos y servicios públicos
          Un ejemplo de este tipo de conflictos es el llamado “sindrome de nimby” (not in my back yard, no en mi patio trasero): la tendencia de la gente a exigir servicios públicos, de infraestructura, transporte, basuras… pero impedir que las obras afecten a su entorno inmediato
          La mediación puede ser un instrumento apto para elevar: “la participación ciudadana en el sistema democrático, el control de los poderes públicos, la cultura del pacto, el grado de responsabilidad ciudadana y el desarrollo de políticas específicas de promoción
LA MEDIACION EDUCATIVA
Mal llamada por muchos sectores “mediación escolar”, la mediación educativa se abre campo de trabajo a pasos agigantados cuando hablamos de la creación desde los más pequeños, de la llamada “cultura del acuerdo”. Aquellos niños que cuando lleguen a ser mayores estarán acostumbrados a acudir a un servicio de mediación cuando tuvieren algún conflicto
          Mediación entre pares: Alumnos/a-alumno/a
          Mediación entre dos partes (no pares) en conflicto: Padres-Hijos, Profesores –padres, Profesores-Alumnos, incluso otros sectores, pandillas,  vecinos, barriadas (todo influye en la educación
          La mediación da toda la responsabilidad a las partes en el conflicto e intenta por medio del proceso de trabajo propio que dichas partes se responsabilicen de lo suyo: son ellos mismos los protagonistas de sus propios acuerdos (en el caso de alumnos dar una cota de poder, de responsabilidad y de confianza en ellos no es usual en los centros educativos españoles).
          El gran problema en este ámbito es el Temor generalizado por parte del profesorado fundamentalmente a la pérdida de poder.

Nuevos apellidos irán surgiendo, con mayor o menor fuerza y aquí estaremos para contároslo. Javier Alés Mayo 2015.

jueves, 9 de abril de 2015

COMO ABOGADO... NO OS QUIERO HABLAR DE MEDIACIÓN

HOY COMO ABOGADO…NO OS QUIERO HABLAR DE MEDIACION
La falta de medios personales y técnicos…el consiguiente colapso de los tribunales o el amplio tiempo para resolver los conflictos que se envían a los tribunales, son algunos de los problemas visibles que hay que solucionar en la Justicia.
Archivos tirados por los suelos, carros de la compra para transportar las causas o falta de personal son los problemas más serios.
SI ESTO LO LEYERAN LAS EMPRESAS, LOS DIRECTORES DE RECURSOS HUMANOS O CUALQUIER PERSONA LA APUESTA DEFINITIVA POR LA MEDIACION DARIA UN PASO IMPORTANTISIMO
Se justificaba el posible auge de la mediación porque las tasas judiciales subían, y mucho, la novedad fue desde el 2012 que habría que empezar a pagar por reclamaciones que antes resultaban gratuitas, como en los siguientes ejemplos según determinadas Fuentes:
Una reclamación vecinal en un monitorio (reclamación de una cantidad en base a una factura) de 2.100 euros de cuotas de la comunidad de propietarios conllevará pagar 921 euros de tasa.
Recurrir una sanción de tráfico leve (multas de hasta cien euros) supondrá 200 euros en tasas, el doble de la cuantía de la multa.
En una separación o divorcio, la custodia de los hijos o las reclamaciones de paternidad siguen siendo gratuitas, pero en un divorcio común, sin liquidación de sociedad de gananciales, las tasas ascenderán a un total de 1.280 euros. Sin embargo, si la pareja tiene bienes en común, habría que valorarlos y aplicarles el pago de un 0,5% del valor como impuesto
La división de un piso por dos copropietarias que quieren dividirlo. Si el inmueble, por ejemplo, tiene un valor de 300.000 euros, la tasa sería de 1.800 euros. Si además tienen que interponer recursos, la factura se amplía a 4.100 euros y si se recurriese ante el Tribunal Supremo, habría que añadir 2.700 a la factura.
En un accidente de tráfico el ocupante de un vehículo que sufre tetraplejia y múltiples lesiones a consecuencia de un accidente de tráfico; entre lesiones, secuelas, invalidez, e.t.c. reclama a las compañías aseguradoras del vehículo en el que viajaba y del tercer implicado 1.300.000 euros. Debería pagar una tasa por interponer la demanda de 300 euros, más el 0,5% de lo demandado hasta el millón de euros y del 0,25% a partir del millón. En total, pagará 6.050 euros. Si tuviera que recurrir a la Audiencia Provincial, 6.550 euros más. Si necesitara llegar hasta el Supremo, otros 6.950 euros. En total, para las tres instancias, le costaría 19.550 euros reclamar lo que hasta hoy le costaría cero euros. Valga también un cuadro más sencillo para el lector…
en las reclamaciones por la vía civil se aplicarian las siguientes tasas:
§  Por un juicio verbal y cambiario: 150 euros.
§  Por un juicio ordinario: 300 euros.
§  La ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales: 200 euros.
§  La solicitud de un procedimiento monitorio, del monitorio europeo y la demanda incidental en procesos concursales: 100 euros. Si se produce oposición al monitorio se ha de continuar por la vía ordinaria se descontará de la nueva tasa la cantidad abonada anteriormente.
§  La declaración de concurso necesario: 200 euros.
§  Apelación: 800 euros.
§  Casación y extraordinario por infracción procesal (recursos interpuestos contra sentencias judiciales por una supuesta aplicación errónea de la ley o que no cumplan los requisitos legales): 1200 euros.

¿De verdad que sigues pensando acudir a la justicia y no a un método alternativo? ¿Me compensa ir a juicio?  
No olvides lector que si pierdes el pleito, hay que abonar al ganador las costas que le ha supuesto el procedimiento
Por eso es importante también conocer a cuánto puede ascender el coste de un proceso judicial para sopesar si merece la pena presentar un pleito, ya que la parte perdedora debe abonar al ganador las costas que le ha supuesto el procedimiento, y la verdad es que una sentencia judicial amigos… es imprevisible.
¿Quereis saber qué son las costas de un proceso judicial?
Cuando se acude a los tribunales, en principio, cada parte en litigio debe abonar los gastos que genera la defensa de sus intereses en el juicio. todos los juicios implican determinados costes que, por lo general, anticipa cada parte interesada. Las costas son, por tanto, ciertos gastos que se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC),se consideran costas los siguientes conceptos:
·         Los honorarios del abogado (según minuta) y del procurador (por arancel).
·         Las retribuciones a los peritos, expertos y demás personas que hayan intervenido en el proceso si fueran necesarios
·         Los depósitos necesarios para la presentación de recursos.
·         Los derechos arancelarios que deban abonarse para el buen desarrollo del proceso (gastos de notario).
·         Los costes originados por la inserción de anuncios o edictos que tengan que publicarse durante la tramitación del procedimiento.
·         Las copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos que se soliciten a los Registros Públicos, salvo que los reclame directamente el juzgado (en este caso, son gratuitos).
Los abogados, peritos y demás profesionales y funcionarios que no están sujetos a arancel fijan sus honorarios de acuerdo a las normas reguladoras de su estatuto profesional, ayudados por unas escalas. Estos baremos pueden consultarse en los Colegios de Abogados y de Procuradores de la ciudad donde se realice el juicio y siempre sion aproximados por cuanto lo que se establece son unos mínimos para evitar la competencia desleal, pero no un máximo, según la complejidad del caso a tramitar en los juzgados.
Al finalizar el proceso judicial, el tribunal decide quién ha de soportar los gastos. Es lo que llamamos la condena en costas, que se rige conforme al criterio de "quien pierde, paga". La sentencia que pone fin al proceso impone al perdedor la obligación de abonar al ganador las costas que le ha originado tramitar ese procedimiento.
En ocasiones, en las sentencias figuran expresiones como "cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad" o bien, "sin hacer especial pronunciamiento en costas". Esto significa que cada parte asume sus propios gastos, sin importar quien haya ganado el juicio normalmente porque no haya “mala fe” a la hora de demandar en juicio.
Y por último me gustaría hablaros de los retrasos en dictar sentencia muchas veces fundando lo que mencionamos como DILACIONES INDEBIDAS, como empezábamos este artículo por POR FALTA DE PERSONAL o acumulación de expedientes?
¿Cuánto le cuestan a la economía española las ineficiencias de la administración de justicia? Aunque pocas veces se habla de ello, el impacto de las decisiones de tribunales y juzgados en la vida económica de un país es muy elevado. El derecho puede resultar muy caro si no se aplica bien, si está mal planteado o si, directamente, no se ejecutan las sentencias dictadas.
Datos escalofriantes del Consejo General del Poder Judicial nos hablan de retrasos de 3 millones de asuntos… luego esto llevado a la práctica supone un retraso en 6 millones de usuarios de la justicia tradicional.
Por eso  una de las cuestiones que cada vez más salen a la luz es que “UNA SENTENCIA TARDIA ES DE POR SI INJUSTA… O TAN INJUSTA COMO SI NO TE DIERAN LA RAZON AUNQUE LA OBTUVIERAS Una sentencia que llegue diez años después de iniciado el caso difícilmente podrá ser justa. Desde el punto de vista económico es fácil imaginar cómo le afecta a una empresa inmersa en un procedimiento judicial no tener una resolución definitiva durante años. Incluso aunque al final le den la razón, puede que piense que no mereció la pena acudir a los tribunales.
Sin más… me despido con un ejemplo de hoy mismo… la vista para unas medidas cautelares que determinan la situación de custodia de unos hijos, acaban de comunicarle a mi compañero de Despacho que… ya tienen fecha y tenemos que comunicárselo a nuestros clientes.. por fin ya lo tenemos (no os comento cuando presento para que no tengáis mayor depresión), el ¡¡¡8 de junio de 2016!!!
Que me gustaría que este artículo llegara lejos, muy lejos y asi, hablaros después de la MEDIACIÓN… pero quizás esto se quede aquí solo entre mis amigos, que ya saben lo que pienso.
Javier Alés,  Abogado-Mediador