domingo, 22 de agosto de 2021

El Poder de Sacar la Mediación a la Calle

 


“Tengo pocas mediaciones”, “la mediación es desconocida” , “si la administración nos apoyara más”…que de frases he oído en todo este tiempo de compañeros y amigas que me decían que era difícil avanzar en esta profesión. Pero ¿no habéis pensado que parte de culpa tenemos nosotros mismos?

No es mi interés cambiar esa idea, pero si recuperar para “la causa” a quien quiera salir de ese “letargo” que nos tiene varados en otra realidad.

Dicen que no hay terapia sin dolor. No hay transformación sin sensibilización,

Y por eso me preocupa la desconfianza e incertidumbre que pueda afectar la inversión, personal y laboral que hacen mis alumnos cuando apuestan por formarse en la increíble profesión de mediador. Por eso creo firmemente que no podemos ser indiferentes a que la mediación “está en la calle”, en cada negocio, en cada reunión de personas, en cada barrio, en cada asociación, en cada centro, en cada institución y en cada familia, escenario de enfrentamiento de poderes, sentimientos, desequilibrios, pero sobre todo, escenarios de crisis y enfrentamientos. Es ahí, en cada lugar, donde nos toca tomar posición y ser conscientes que no hay mejor promoción para nuestro trabajo, que la calle.

Si seguimos quedándonos en nuestro fantástico servicio, creado con mucho esfuerzo, con una mesa redonda, sillas giratorias, plantas vistosas y paredes color pastel, volveremos una y otra vez a las frases de inicio de este post. ¿Por qué no acuden a verme si mi método es flexible, voluntario, menos costoso y emocionalmente neutro?... te puedes hacer esta pregunta día a día.

Hay que buscar la opinión de la calle; ya se hizo en política y un mero movimiento social, sin entrar en valoraciones de uno u otro color, llega a gobiernos e instituciones. Con sus enormes críticas y porque no, alabanzas de unos u otros, pero… muchas veces el reclamo ciudadano tiene un poco de razón y mucho de emoción y saber enfrentarnos a situaciones complejas, a puertas que se nos cerrarán, quizás por la desinformación, ignorancia o desconocimiento de las bondades de “nuestro producto”. Pero somos nosotros y solo nosotros, los que debemos escuchar a ciudadanos “indiferentes”, “desconocedores”, es la mejor fuente de aprendizaje y por cierto, la mejor manera de avanzar en esta profesión.

así hicimos hace años, en nuestro servicio de Mediación Municipal en la ciudad de Sevilla; salimos a la calle. Alguna vez me habéis oído contar que una tarde, en mi lujoso despacho en el barrio de Triana, esperando algún cliente o alguna llamada, observaba por la ventana del mismo, como la calle peatonal, donde está ubicado, estaba llena de personas, vecinos que deambulaban de un lado hacia otro, conversaciones, enfados gestuales, prisas por ir de uno a otro lugar… Y fue en ese momento cuando le propuse a mi equipo: “vayámonos a la calle” y sin decir porqué ni para qué, solo unos minutos después pusimos una mesa y dos sillas, en plena calle y un eslogan que decía: “Si te sientas te lo cuento”.

Algo que parecía ser una locura e imposible se convirtió en nuestra principal bandera y de aquella mañana surgieron 130 expedientes nuevos de mediación en el vecindario.

Hay que llegar a esos ciudadanos invisibles por parte de los mediadores, ya que están en sus propios laberintos e intereses, y nos necesitan, entonces ¿por qué no vienen? No busques más excusas, el principal responsable eres tú y CONECTAR mejor con el futuro mediado.  Cumple tu parte del “pacto” cuando te hiciste mediador o mediadora, que es defender nuestra profesión y difundir las bondades, hay muchas personas que te necesitan.

Así intenté hacerlo yo, ¿y tú que harás?


martes, 17 de agosto de 2021

El Seguro de Responsabilidad Civil para Mediadores

 

¿Por qué un seguro de Responsabilidad Civil?. Es una de las preguntas que siempre recibimos de nuestros alumnos cuando se van a lanzar de lleno a la profesión de mediador o gestor de conflictos. Por ello me atrevo en este post simplemente aclarar la necesidad del seguro, así como su cobertura y algunas cuestiones que ayuden a responder a las dudas que puedan existir.

Sin un seguro de responsabilidad civil profesional, los mediadores NO PODEMOS EJERCER, ya que en el caso de que surja alguna denuncia, deberíamos responder de las posibles reclamaciones con nuestro propio patrimonio personal. Por ello, necesitamos un seguro que cubra nuestra actividad profesional. Ahora bien, este seguro podemos tenerlo como autónomos, o en su caso tenerlo por estar inscritos en algún colegio profesional y cuyo seguro cubra también nuestra labor como mediador. garantía podrá ser contratado a título individual por el mediador o dentro de una póliza colectiva que incluya la cobertura de la responsabilidad correspondiente a la actividad de mediación

Todo aquel profesional de la mediación que tenga la formación adecuada para ejercer como mediador, necesita según ley de un seguro de responsabilidad civil, y con su cobertura, garantizar la indemnización de cualquier daño que pudiera derivarse de nuestra actividad profesional.

Así entendemos el seguro como una garantía para los Mediadores, y también para los mediados, que acuden al proceso de mediación bajo unos principios y unas reglas que debemos respetar.

Así, en España, La ley de mediación de 7 de julio de 2012 en su articulo 11 establece que una de las condiciones para ejercer de mediador es que disponga de un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga. Y en su articulo 14 establece la responsabilidad de los mediadores por los daños y perjuicios que causasen. Así, el perjudicado tendrá acción directa contra el mediador y, en su caso la institución de mediación que represente.

Pero ¿Qué ventajas tiene que exista este seguro obligatorio?. Principalmente la tranquilidad en nuestro trabajo, porque normalmente comprende aspectos tales como:

Responsabilidad Civil profesional

Defensa Jurídica y Fianzas que debieran producirse

Prestación de fianzas judiciales de ser denunciados

Daños a documentos de terceros

En definitiva, daños y perjuicios causados involuntariamente a clientes por hechos que deriven de su actividad como Mediador Civil, Mercantil o Familiar. Si bien es más que posible que exista un límite de cobertura (en la mayoría de los casos el límite asegurado es de 150.000 € por siniestro, asegurado y año) o incluso un límite geográfico (las coberturas cubren hoy en día la actividad realizada en la Unión Europea desde España).

Y también podemos hablar de la Franquicia. Una cantidad que generalmente para todas las coberturas el mediador asegurado asume en cualquier caso, y que la Compañía Aseguradora no se hace cargo, salvo el resto que supere esa cuantía (como ejemplo puede ser la cuantía de 150 euros) 

Merece también la pena mencionar, lo que llamaríamos “Mediaciones de carácter informal” que serían aquellas que se incardinen en el ámbito de esta Ley, mediaciones que son más que frecuentes, ya que tenemos que recordar al lector, que la inscripción en el registro de mediadores de las instituciones públicas es “voluntario”. De ahí la dificultad de la exigencia de una obligación de cobertura y más aún si hablamos de mediaciones educativas, interculturales, medioambientales, etc. sin perjuicio de que pueda exigirse responsabilidad, si procede, por otras vías, la responsabilidad del mediador.

Por tanto, el aseguramiento se impone con carácter general como obligación de carácter legal para todo mediador personal incluido en el ámbito de la ley pero resulta insuficiente todo lo que se refiere a la cobertura de nuestro ejercicio, así como cobertura, deberes u obligaciones, responsabilidades, ya que de lo mencionado, podemos decir que no hay duda de que para inscribirse es necesaria la póliza de seguros, pero la pregunta es… ¿si es voluntaria la inscripción en el registro de mediadores, ¿que ocurre con quien no lo haga? Y más aún que cuantía debe cubrirse y ¿con que características? Podemos decir que esta indefinición nos lleva a la conclusión de que basta cualquier seguro abstracto y corriente.

Si de mediador individual se trata (con la excepción del concurso de acreedores o mediador concursal) referirnos siempre al artículo de la Ley de Mediación:

“Artículo 11. Voluntariedad de la inscripción.

1. La inscripción de los mediadores que desarrollen la actividad de mediación de conformidad con las previsiones de la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles y de las instituciones de mediación en el Registro será voluntaria.

Por eso dejaremos en la duda al lector, si el seguro para ejercer la mediación es obligatorio o no. Y por ello podemos decir que nos encontramos ante un seguro que puede contratarse de forma individual o colectiva, y la póliza no necesariamente ha de ser exclusiva para cubrir solo mediación, sino que podemos hablar de otra actividad similar.

Lo cierto es que abstracto o no, debemos concluir que para cualquier actividad es necesario y útil un seguro, si bien al poderse plantear “otro tipo de garantías” como es el caso para mediaciones de todo tipo, bien valdrán avales bancarios y otra figuras afines y en mi caso recomendaría a los mediadores lectores de este post, que reflejaran en el acta inicial, donde se reflejan las reglas de la mediación y el pacto de iniciar el proceso, la existencia de la cobertura legal de las responsabilidades derivadas del incumplimiento de nuestra misión. En definitiva, informar de esa cobertura a nuestros mediados.

 ¿Y si mediamos sin seguro? Las consecuencias de la falta de aseguramiento o de información sobre el aseguramiento, parecen no existir, pues ni la Ley ni el Decreto posterior lo indican

No olvidemos que “La responsabilidad del mediador no es objetiva y conforme a lo habitual en la responsabilidad profesional, la carga de la prueba de la existencia y cuantificación del daño, y demás elementos, corresponde al reclamante”. Porque debemos tener claro que la obligación del mediador, por el que le pueden exigir responsabilidades, es del proceso, de las etapas, de los principios éticos, no del resultado, porque no somos garantes del mismo, pero si de si intento de llegar a un acuerdo.

La verdadera responsabilidad del mediador tras la aceptación de la mediación es cumplir fielmente el encargo, incurriendo, si no lo hicieren, en responsabilidad por los daños y perjuicios que causaren por mala fe, temeridad o dolo, de ahí la indefinición de la cobertura de un seguro.  


lunes, 9 de agosto de 2021

Claves para mantener el equilibrio durante un conflicto

 

Me encantaría hoy acercaros al concepto del equilibrio, muchas veces no tratados, ni desde el punto de vista del mediador, ni de los mediados, cuando nos confían la gestión de un conflicto. En el caso de los mediadores para poder mantener la neutralidad e imparcialidad u objetividad que se nos presume; y en el caso de los mediados, para poder escuchar que no solo oír las versiones contrarias a lo que piensan y exponen en un proceso, para explicar lo que ocurrió.

Así es, todos atravesamos crisis, son ciclos vitales que, si los resistimos, no los afrontamos o no los tratamos correctamente, en mediación, cuando vienen derivados de un conflicto, pueden llevar a una vía “muerta” una negociación. Mantener el equilibrio es básico. Por eso, para lograr que lleguemos a un acuerdo, es necesario entrenarse en mantener el equilibrio tanto emocional, como dicen los expertos, como fáctico, con las pretensiones de lo que buscamos con la mediación.

El despido del trabajo, la situación económica, un divorcio, una estafa, son crisis en sí mismas, que tienen distinto tipo de impacto en quien lo vive y en quien lo trata, en definitiva, en cada persona.

Por eso se antoja difícil, mantener el equilibrio, pero no hay otra formula, que como dicen cuando aprendemos a montar en bicicleta, seguir pedaleando, para mantenerlo. Es vedad que las personas que sufren un conflicto o que están en él inmersos, sienten estar entre “la espada y la pared”, pero debemos conseguir que sientan que están entre la “espada y la puerta”, que “pedaleen” hacia ella, así mantener el equilibrio y ver luz al final de este túnel oscuro.

Para conseguir ese equilibrio, como so dije al principio, pienso en dos factores: si hablamos de los profesionales, no te dejes cautivar ni colonizar por sus versiones, por sus “interpretaciones de lo que vivieron”, míralos de otra forma; mientras si hablamos de los mediados, anda con ellos, pedalea, y hazle considerar que la verdadera fortaleza está en “respetar aunque no compartas” las versiones del otro. Están en su derecho. Si lo consigues, se “elevaran” mutuamente, a la hora de buscar puntos de acuerdo, con una visión más realista y optimista de lo pasado. Es lo que muchos llaman “la crisis de la oportunidad” y transitar de la mejor forma posible, equilibrada, la gestión de un conflicto. 

El nuevo liderazgo que debe cubrir un mediador, es más consciente, más contributivo y centrado en las personas, no tanto en el conflicto ni en el acuerdo, éste será una consecuencia de haber mantenido el equilibrio en la negociación.  

Por eso, para terminar, basta unos pequeños consejos de quien sigue cayéndose día a día, pero que se levanta, para seguir manteniendo el equilibrio y pedaleando para seguir aprendiendo:

-      Canaliza las actitudes de cada parte, ya que pueden ser tres simplemente: positiva (la ideal para trabajar en el proceso), negativa (donde  te dejas arrastrar por la preocupación, el miedo y la desilusión y piensas que no podrás mediar) y la neutral (que te permitirá observar el problema desde distintas perspectivas, tomar distancia, evitar juicios y búsqueda de respuestas automáticas)

-     Cambiar la óptica de los asuntos. Verlo desde otra perspectiva,  depende, exclusivamente de ti, para ellos y para ti

-    Poder expresar las emociones. No es bueno acumularlas o reprimirlas, eso hace que el equilibrio se resquebraje y por tanto, se anule el poder de decisión

Y por último se catalizador, pregunta aquello que crees es oportuno, profundiza, analiza, valora, mueve fichas. Piensa y activa vía de solución que aunque acuerden ellos, tu eres también promotor.