Esto es lo que ocurre cuando el legislador…no sabe lo
que hace. Esta semana hemos tenido la noticia de que se aprueba una proposición
no de ley por la que el Congreso de Diputados insta al Gobierno a modificar los
medios alternativos de resolución de conflictos y a la unificación de criterios
para todos los órganos judiciales.
Ya
mencionábamos en un post de enero de este mismo año ( véase https://javieralessioli.blogspot.com/2025/01/analisis-de-los-medios-adecuados-de.html
) que flaco favor hacía esta ley a la Mediación y a los mediadores y
mediadoras, al incluir en la misma “caja” distintos métodos de solución de
conflictos que no estaban ni desarrollados, ni determinados. La entrada en
vigor de la Ley Orgánica 1/2025 ha supuesto un cambio sustancial al establecer
los Medios Alternativos de Solución de Conflictos como requisito de procedibilidad
obligatorio previo a la interposición de una demanda. .
Con esta reforma, el Gobierno defiende perseguir la reducción de la
litigiosidad, agilizar los procesos y fomentar una cultura del diálogo y del
acuerdo, reservando la vía judicial para aquellos asuntos en los que la
negociación previa haya
resultado infructuosa.
Según la proposición presentada y aprobada este mismo mes, “la aplicación
práctica desde la entrada en vigor de la norma, dada la poco depurada
configuración legal de este nuevo requisito, ante la negativa ministerial a una
verdadera negociación sobre el mejor texto normativo o la
participación de expertos y profesionales en el trámite legislativo para la
mejora del proyecto, en particular del requisito de procedibilidad, está
planteando dificultades y disparidades interpretativas entre distintos órganos
judiciales e
importantes retrasos en procedimientos que, por su naturaleza, deben ser
rápidos en defensa de los derechos del justiciable y cuyo amparo se conseguía
de forma más rápida antes de la entrada en vigor de la ley”.
Las diferencias interpretativas, que se producen, incluso entre juzgados o
letrados de administración de justicia del mismo partido judicial, afectan a la
acreditación del intento de acuerdo,
“Resulta,
por tanto, imprescindible impedir que los MASC se conviertan en un elemento de
bloqueo de la justicia, así como garantizar la seguridad jurídica con una
unidad de criterios en todo el territorio nacional, a través de protocolos
claros, directrices homogéneas y formación específica de los operadores
jurídicos. Sólo de esta manera los MASC podrán consolidarse como un instrumento
eficaz de acceso a la justicia y contribuir a la descarga real del sistema
judicial”.
El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), entre otros, ha subrayado la
necesidad de avanzar en esta línea, proponiendo la adopción de medidas que
aseguren la coherencia y la efectividad del nuevo modelo y es un clamor entre
los profesionales de la justicia.
Por
todo ello el Pleno del Congreso ha aprobado
una Proposición no de Ley relativa a la modificación urgente de la regulación de los medios alternativos de
solución de conflictos en la justicia y el establecimiento de criterios
unificados para todos los órganos judiciales. La
iniciativa del Grupo Popular ha sido votada en los términos de la enmienda del
Grupo Vasco y ha salido adelante por 185 votos a favor, 16 votos en contra y
149 abstenciones.
En
concreto el Congreso insta al Gobierno a:
1. Impulsar
la unificación de criterios en la aplicación de los MASC en los órganos
judiciales que integran el poder judicial del Estado mediante reformas
normativas y reglamentarias que lo garanticen..
2. Modificar
urgentemente las excepciones a los requisitos de procedibilidad
establecidos en el artículo 5.2 de la Ley Orgánica 1/2025, ampliándolas al
menos a los juicios monitorios, a los juicios relativos a reclamaciones de
cuotas impagadas a comunidades de propietarios en régimen de propiedad
horizontal, así como a los juicios de desahucio por cualquiera de las causas
previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos y a los procedimientos de familia
en los que se vean involucrados menores.
3. Elaborar
cuanto antes el estatuto de la tercera persona neutral, previo proceso
transparente de participación efectiva del CGPJ, de los profesionales de la
abogacía y la procura, especialistas en medios adecuados de solución de
controversias, jueces y letrados de la administración de justicia y remitirlo a
las Cortes Generales para su aprobación.
4.
Trabajar junto al CGPJ, las comunidades autónomas con competencias en justicia,
los Consejos de la abogacía y la procura y los letrados de la administración de
justicia en la elaboración de protocolos comunes de actuación para todos
los órganos judiciales, que definan con claridad y flexibilidad la exigencia,
acreditación y efectos del intento de MASC.
5. Desarrollar
programas de formación específica en materia de MASC dirigidos a jueces,
magistrados, letrados de la administración de justicia, fiscales, abogados,
procuradores y demás operadores jurídicos.
6. Poner
en marcha campañas de información ciudadana que difundan el funcionamiento
y ventajas de los MASC como vía eficaz de resolución de conflictos.
7. Establecer
mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan medir el impacto real
de los MASC en la reducción de la litigiosidad y en la mejora de la eficiencia
del sistema judicial».
Solo así entenderíamos, que con
cabeza, se iniciara una CULTURA DEL ACUERDO EN LA CIUDADANIA y no se
vieran los MASC como una traba más que como una solución.
Y vuelvo a reivindicar la separación
de la mediación (con una ley específica desde el año 2012) del resto de medios
alternos dada su “profesionalización” desde hace años, como el mejor medio para
la negociación fuera de los tribunales.

Como ya el mismo texto comenta, no tiene ningún sentido regular algo tan importante como los MASC sin contar con el asesoramiento real de quienes trabajan en ello. Hacerlo así solo genera desinformación y confunde a la población, que no llega a comprender qué son estos métodos y siguen recurriendo a los juzgados y por ellos se siguen saturando y no hay mejoras ninguna. Por lo que hasta que no se hagan las cosas bien y se regule correctamente, contando con profesionales entendidos del tema, los MASC no van a funcionar como deberían en esta obligatoriedad de Ley, y por lo tanto no se mejorará el funcionamiento jurídico de España de los juzgados.
ResponderEliminarEl propio texto deja claro que resulta incoherente intentar regular un ámbito tan relevante como los MASC sin apoyarse en la experiencia de quienes trabajan diariamente con ellos. Tomar decisiones sin la participación de profesionales especializados solo provoca falta de claridad y transmite mensajes confusos a la ciudadanía.
ResponderEliminarComo consecuencia, muchas personas continúan sin entender realmente qué son los MASC ni para qué sirven, y siguen acudiendo directamente a los tribunales. Esto mantiene la saturación de los juzgados y evita que se produzcan avances reales en la gestión de los conflictos.
Por tanto, mientras no se establezca una regulación adecuada, elaborada con el criterio de expertos en la materia, los MASC no podrán cumplir eficazmente su función dentro del marco legal obligatorio. Y, en consecuencia, tampoco se logrará mejorar el rendimiento del sistema judicial en España.
La noticia sobre la Proposición no de Ley confirma el error de impulsar una ley de Medios Alternativos de Solución de Conflictos (MASC) sin el rigor necesario. Al convertir la mediación en un requisito obligatorio sin definir protocolos claros ni negociar con expertos, el Gobierno ha generado inseguridad jurídica y ha bloqueado los tribunales, justo lo contrario de lo que pretendía. Es crucial la exigencia del Congreso de unificar criterios y exceptuar procedimientos rápidos, porque de lo contrario, los MASC serán vistos como una traba. Si queremos una "cultura del acuerdo", necesitamos orden legislativo y reconocer la profesionalización de la mediación.
ResponderEliminarEl texto muestra que la regulación actual de los MASC se ha hecho sin contar con profesionales que realmente conocen cómo funcionan estos métodos, todo esto ha hecho que haya tanta confusión en los juzgados como en las personas, que muchas veces no entienden muy bien qué son los MASC y siguen yendo directamente a la vía judicial.
ResponderEliminarEn vez de ayudar a reducir la carga de trabajo en los tribunales, esta ley ha generado diferencias de interpretación y retrasos, creando justo el efecto contrario al que se pretendía.
Es por eso que es necesario que todos los juzgados sigan las mismas reglas, que se expliquen bien los pasos a seguir y que los profesionales reciban formación, solo así los MASC dejarán de parecer algo difícil y empezarán a usarse como una opción útil para poder resolver problemas, dando así la a la mediación la importancia que realmente merece.